PROTECCION A LAS FAMILIAS NUMEROSAS

Cronica 42 - Julio 1998



Seran familias numerosas aquellas que, teniendo dos hijos, tengan al
menos uno de ellos minusválido o incapacitado para el trabajo.

Se SOLICITA A PARTIR DE:

1. Tener 3 o más hijos.

2. Tener 2 hijos en el caso de que uno de los miembros de la familia
   sea minusválido o incapacitado para el trabajo. 


REQUISITOS
1. Los hijos deberán cumplir las siguientes condiciones :
        . Ser solteros.
        . Convivir con el padre y/o la madre.
        . Depender económicamente del padre o de la madre. Se
          considera que existe dependencia económica, cuando sus
          ingresos no superen el doble del salario mínimo inter-
          profesional.
           
        . Ser menor de 21 años, excepto si es minusválido.
          La edad se podrá ampliar hasta los 25 años mientras estén
          cursando estudios Universitarios, FP de grado superior,
          realizando el servicio militar o la prestación social
          sustitutoria.


2. Todos los miembros de la unidad familiar deberán ser españoles y
   tener su residencia en territorio nacional español. A estos efectos
   se equipararan a  los españoles, los ciudadanos de los Estados
   miembros de la Comunidad Europea, los hispanoamericanos,
   brasileños, andorranos, filipinos, marroquíes, portugueses, suizos
   y guineanos que se encuentren legalmente en territorio nacional
   español.


DOCUMENTACION A APORTAR :

Primera vez:
        1. Impreso de solicitud firmado por uno de los padres.
        2. Fotocopia del D.N.I. de los padres.
        3. Libro de Familia original.
        4. Dos fotografías del grupo familiar (9 x 6 cm.) con los
           miembros que han de inscribirse en el Título.

       
Renovación :
        1. Impreso de renovación firmado por uno de los padres.
        2. Libro de Familia original.
        3. Título de Familia Numerosa caducado.
        4. Dos fotografías del grupo familiar, si ha variado el
           número de miembros de la Familia Numerosa.



NOTA (en todos los casos) :
        1. En los casos de minusvalía, Servicio Militar, etc.,
           fotocopia de la documentación acreditativa.

        2. En caso de separación, fotocopia de la sentencia y
           convenio regulador.

        3. Los hijos con edades entre los 20 y 25 años, deberán
           justificar los estudios mediante la matrícula oficial
           del año en curso (Universitarios o FP-grado superior).



VENTAJAS DEL CARNET DE FAMILIA NUMEROSA
        1. 50% en las matrículas de Centros Oficiales y Universidad.
        2. Descuento en viajes de tren de largo recorrido y también
           en autobús.
        3. Descuento en libros que edita el Estado.
        4. Descuento en el Canal de Isabel II.
        5. Y alguna ventaja más.



Cronica Nro 42 - Julio 1998