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Segunda Opinión Médica

Los usuarios del Sistema Sanitario Público de Andalucía tendrán derecho a recibir una segunda opinión médica en caso de diagnóstico o tratamiento de enfermedad grave, incurable o que comprometa la calidad de vida del paciente, así como cuando el proceso terapéutico implique un elevado riesgo vital. El Consejo de Gobierno aprobó el día 13 de Mayo del 2003 el decreto regulador de esta prestación, que convierte a Andalucía en la primera comunidad autónoma en implantarla con una garantía de tiempo máximo de respuesta al interesado, concretamente de 30 días.

De acuerdo con la nueva norma, la segunda opinión médica podrá solicitarse tras el diagnóstico de unas patologias conctretas e igualmente los usuarios a los que se les haya ofrecido un tratamiento con elevado riesgo vital, una vez completado el proceso diagnóstico y siempre que la enfermedad no requiera intervención urgente.

La segunda opinión médica podrá ser también solicitada por familiares y allegados al paciente, así como por sus representantes legales o la persona en quien delegue expresamente el ejercicio de esta opción. La solicitud se hará efectiva a través de cualquier medio de comunicación válido, incluidos los de transmisión digital, asegurándose en todo momento la confidencialidad de los datos personales y clínicos.

Los encargados de emitir la segunda opinión médica serán profesionales acreditados con el máximo nivel por el Sistema Sanitario Público de Andalucía. Cada solicitud deberá ser estudiada por un facultativo especialista en la enfermedad diagnosticada, quien basará su dictamen en todas las pruebas ya realizadas.

Si existiese discrepacia del informe inicial, el caso pasará a ser analizado por un panel de expertos, igualmente integrado por profesionales con el máximo nivel de acreditación, que emitirá un informe colegiado.

El decreto establece que el informe con la segunda opinión médica se remita al interesado en un plazo máximo de 30 días, salvo en aquellas situaciones en las que los especialistas consideren necesario realizar pruebas adicionales o exploraciones complementarias. Junto con el informe, se recibirá una relación de los centros del SAS que pueden elegir para comenzar o continuar el tratamiento propuesto.

Si quieres mas informacion contacta con nosotros o en www.accusevilla.org



Campaña GRIPE 2005-2006

La Consejería de Salud puso en marcha el pasado 3 de octubre la campaña de vacunación contra la gripe correspondiente a la temporada 2005-2006, que ha supuesto la distribución de 235.880 dosis de vacunas en la provincia de Sevilla., en un total de 179 puntos de vacunación, principalmente centros de salud.

Más de un millón de dosis de vacunas, se ha distribuido en la Comunidad Autonoma.

Quiénes se deben vacunar?

Aunque la gripe se suele considerar como una enfermedad benigna, que dura unos 7 días y que suele desaparecer sin producir secuelas, en personas mayores o con enfermedades crónicas puede tener graves complicaciones. Por este motivo, deben vacunarse:

· Quienes tienen 65 años o mas.

· Quienes sufren determinadas enfermedads crónicas.

· Quienes estan en contacto frecuente con persinas de salud delicada

· El personal saniario

¿Cuáles son las enfermedades crónicas de riesgo?

Las del aparato respiratorio, cardiovasculares, alteraciones metabólicas, insuficiencia renal crónica, las que disminuyen la respuesta defensiva del sistema inmune (inmunodeprimidos), la infección VIH, anemia, entre otras.

¿La vacuna es eficaz?

Sí. La vacuna es la única forma de prevención de la gripe. Los tratamientos existentes no pueden curar la gripe, tan sólo aliviar los síntomas. En personas con enfermedades crónicas, tengan la edad que tengan, la vacuna puede evitar entre un 50 y 60 % de hospitalizaciones y el 80% de fallecimientos derivados de las complicaciones que puede acarrear. La eficacia para prevenir la enfermedad es de un 30 a un 40 %. Y si, en cualquier caso, llega a padecerse, su intensidad será mucho menor entre las personas que han recibido la vacuna.

¿Hay que vacunarse todos los años?

Sí, ya que el virus de la gripe suele variar, en mayor o menor medida, cada año y la vacuna del año anterior puede no ser eficaz. Las vacunas se elaboran cada temporada según el virus correspondiente y la vacunación debe realizarse todos los años.

El tipo de virus de cada temporada se detecta a través de las informaciones aportadas por los Grupos de Vigilancia de la Gripe, integrados en la Organización Mundial de la Salud y distribuidos por todo el mundo.

Los virus de la gripe que se esperan para esta temporada, 2005 – 2006, no son idénticos a los del año pasado, pero sí de la misma cepa, con pequeñas variaciones.

Así pues, siguiendo las recomendaciones de la O.M.S.y la decisión de la U.E., para este año se va a utilizar una vacuna trivalente, sólo con pequeñas variaciones a la del año anterior.

¿Qué efectos secundarios suele tener la vacuna?

Pocos y leves. Sólo un 5% de las personas vacunadas experimentan reacciones moderadas en el lugar de la inyección (dolor, inflamación o enrojecimiento), que desaparecen en uno o dos días.

Debes consultar si pueden vacunarte, di a tu medico si has tenido reacción alérgica a vacunas anteriores, o has padecido recientemente alguna enfermedad

Y recuerda sólo es necesario una dosis (una inyección) salvo que, por algún motivo, tu medico recomiende otra pauta.

Nota: Puedes pulsar raton sobre el logo del SAS